Los pasos a seguir son los siguientes:

| TIPO | DESCRIPCIÓN | EJEMPLOS | PRECIO |
|---|---|---|---|
| PRE-INFORME VIABILIDAD | Estudio previo de la documentación aportando un informe verbal sobre las conclusiones | Cualquier materia sin ahondar en explicaciones técnicas | 100€ |
| INFORME PERICIAL CALIGRÁFICO | Informe pericial completo, se cotejan firmas indubitadas y una firma dubitada para determinar la autenticidad o no de la misma y aportar a un procedimiento judicial | Letras de cambio, contratos, albaranes | 400€ |
| ANÓNIMOS | Determinación de la autoría de un escrito respecto a un sospechoso cotejándolo con documentos indubitados del mismo | Cartas con un contenido extorsionador, insultantes, amenazas, grafitis | (identificación) 350€ |
(identificación+informe)
700€ |
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| ESTUDIO GRAFOEVOLUTIVO | Estudio evolutivo dinámico de un amplio número de firmas indubitadas para ubicar la firma dubitada en un periodo aproximado | Dataciones de un documento por prelación de firmas | Desde 900€ |
| DOCUMENTOSCOPÍA | Demostración técnica de la veracidad o falsedad de un documento | Firmas en blanco, lavados, raspados, impresión, añadidos, estudio tintas | Desde 900€ |
| TESTAMENTO OLÓGRAFO | Testamento escrito por persona mayor de edad que debe contener fecha completa y firmado | Testamento de puño y letra del finado | Desde 1000€ |
| CONTRAPERICIAL-ASISTENCIA A LETRADOS | Valoración y estudio de los resultados obtenidos en otros informes | Preparación para ratificaciones, interrogatorios preguntas de parte | Desde 200€ |
| GRAFOLOGÍA | Ciencia que estudia los grafismos en su conjunto | RRHH, diagnósticos de personalidad, paleografía | CONSULTAR |
* Los precios arriba indicados no incluyen el 18% de IVA
* El precio de los trabajos arriba indicado es siempre el coste base, es decir, si las características del trabajo encomendado o las gestiones necesarias para la obtención de documentos fueses de mayor envergadura (más número de firmas, desplazamiento obtención firma DNI de la policía, notarios, juzgados…) lógicamente los honorarios serán mayores al necesitarse más tiempo para el mismo trabajo.
* Los honorarios exigidos por los trabajos planteados son los orientativos dados por la Asociación Andaluza de Grafología y Pericia Caligráfica

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Se trata de dar un diagnóstico verbal sobre la documentación presentada, es decir, existe la duda sobre la falsedad o no de un documento o firma, por lo que si se encargara un informe pericial completo y el resultado no fuese favorable se generaría un gasto innecesario.
Por lo tanto la ventaja del informe previo es evidente ya que tras el estudio previo los resultados pueden ser los siguientes:
Para realizar cualquier informe caligráfico es necesario disponer del mejor material gráfico posible tanto en documentos indubitados como dubitados, evidentemente lo ideal es disponer del documento original, pero en ocasiones nos vemos obligados a trabajar con fotocopias.
Cuando trabajamos sobre fotocopias a veces se generan problemas para detectar pequeños detalles o fallos de presión en las firmas, que sin ser determinantes si dificultan el trabajo; Independientemente tenemos que señalar que la fotocopia es la presentación más fidedigna que se puede obtener por copia de un documento ya que tanto la cámara fotográfica como el fax manifiestan ciertas variaciones al realizarse sobre un mismo plano.
Se puede trabajar sobre una fotocopia ya que realmente si la imagen es buena sólo se perdería la presión del escrito que es uno de los sub-aspectos de la presión. En caso de trabajar sobre fotocopia se han de hacer las salvedades pertinentes en el informe de que la misma deberá ser “fiel reflejo de su original” y por lo tanto al estudiar el documento podríamos llegar a las siguientes conclusiones:
En resumen, si no existe original y trabajamos sobre fotocopia podemos realizar un informe afirmando o no la autoría de un grafismo pero haciendo constar que el documento puede no ser auténtico y dejando por lo tanto el informe pericial condicionado a este hecho
Fechar o datar un documento con exactitud en base a la tinta es prácticamente imposible, principalmente porque las circunstancias ambientales que rodean al documento pueden modificar su estado, es decir, tanto la tinta como el papel se someten a un estado de oxidación que no siempre es igual ni afecta igual a todos los documentos. La degradación de estos elementos depende de las condiciones de conservación del mismo de las circunstancias ambientales que le rodean, no es lo mismo que el documento se encontrase en un sitio seco y protegido en un plástico, que protegido por un paño de tela y enterrado.
Por lo tanto solicitar una prueba para determinar la antigüedad de una tinta o la mal llamada prueba “grafo-química”, (independiente del elevado coste que acarrea la misma), de poco o de nada va a servir, ya que aportaría información de la composición química de una tinta, pero no la antigüedad de un documento.
Esto es sencillo de entender, imagínese que para la elaboración del documento se emplea una pluma con tinta de hace cincuenta años, la tinta efectivamente tendría cincuenta años pero el documento podría haber sido elaborado hace cinco.
¿Qué se puede hacer entonces para datar un documento?Evidentemente debemos de olvidarnos de dataciones exactas de documentos, en todo caso hablaremos siempre dataciones aproximadas. Para obtener resultados satisfactorios para la datación de documentos trabajaremos a fondo principalmente dos elementos:
Puede parecer una situación extraña que alguien firme un documento en blanco o que lo haga sin conocer su contenido pero nos hemos encontrado a veces casos en los que un trabajador ante la “alegría” de conseguir su nuevo puesto firma todos los documentos que le da el empleador sin cuestionarlos por miedo a generar desconfianza en caso de leerlos o comprobarlos detenidamente.
Casos como firmar una carta de renuncia “previa” sin fecha, y que se le añadirá dicha fecha posteriormente según le interese al empresario. Normalmente la reacción más habitual sería afirmar con rotundidad que él no recuerda haber firmado ese documento o que nunca lo firmó.
Hay que tener en cuenta que sí se firmó, la firmas es autógrafa, propia del titular pero el problema es que lo que se altera es el “contenido del documento”. Por lo tanto debe tener especial cuidado el abogado en la forma de plantear la pericial en sala, ya que, si solicitase un cotejo de firmas, la firma daría como resultado que es de su cliente lo que llevaría al Juez a tomar una decisión contradictoria a los intereses de su cliente y posiblemente la imposición de las costas.
En caso de alteración del documento o abuso de firma en blanco debemos solicitar la pericial para que el perito llegue a las siguientes conclusiones:
La auto-falsificación es una de las situaciones en las que más pueden equivocarse los ojos no expertos al estudiar una firma. Se trata de una firma que “aparentemente” no se parece en nada.
El proceso el sencillo, el autor de una auto-falsificación es conocedor de que en un futuro no quiere afrontar la vinculación que conlleva esa firma y pero deberá dar apariencia de que se compromete en presencia del interesado en el documento. Este hecho lo encontramos principalmente en las firmas de las letras de cambio.
Es decir, la propia firma debe ser disfrazada o desfigurada, cambiando la postura, invirtiendo el ángulo de inclinación, cambiando la mano o dedos con los que se habitualmente se haría la firma autógrafa, o simplemente intentando inventarse una nueva firma, pero la identidad gráfica subyace en la firma, y tras un estudio no estático de una firma, sino observándola como un conjunto en movimiento y en base a los finales se hallarán los rasgos propios del firmante y se podrá dictaminar sobre la autoría de la firma y que se trata de una auto-falsificación.
Se trata de un testamento manuscrito de puño y letra por el testador, que será necesario protocolizarlo judicialmente en el último lugar conocido donde vivió el causante o en el lugar de su muerte, es necesario que se protocolice antes de que transcurran cinco años desde la muerte del causante, pasado el plazo el testamento caduca y por lo tanto es nulo.
Será en el procedimiento judicial cuando sea necesaria la prueba pericial caligráfica para hacerlo valer, para ello se trabajaremos con las firmas indubitadas aportadas en el Juzgado en con la ficha-registro de la Dirección General del Policía mediante oficio o mandamiento autorizando al perito que se le exhiban las fichas.
Por lo tanto los principales requisitos que debe cumplir un testamento ológrafo para que sea válido son:
Requisitos de validación de un testamento ológrafoLa principal rama de actuación de nuestra gabinete es el ámbito jurídico, es decir, trabajamos como apoyo y solvencia para abogados en la resolución de cuestiones jurídicas, es nuestra especialidad y principal ámbito de trabajo, disponemos de una metodología clara y bien definida, asegurando una rotunda defensa ante un tribunal.
ECONOMIS & JURIST
“...de poco le sirve al Abogado hacer una exposición brillante si el perito que ha aportado para lograr el convencimiento del Juez carece de todo prestigio, su titulación no es la idónea para defender los hechos planteados en su estrategia procesal o, aún teniendo prestigio o titulación, no tiene la capacidad de convicción y su informe carece de una credibilidad mayor que la del resto de los informes periciales aportados por las partes contrarias”
Citando el artículo de D. Julio García en ECONOMIS & JURIST: